Regl. 4216, art. 14-14.1 dup2

Seguridad en el Empleo

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Cite as Reglamento Núm. 4216, Art. 14-14.1 dup2

Los empleados de carrera con status regular tendrán permanencia en sus puestos siempre que satisfagan los criterios de productividad, eficiencia, orden y disciplina que deben prevalecer en el servicio público. Se establecerán los referidos criterios en base a, entre otros factores, los siguientes deberes y. obligaciones de los empleados: 1. La asistencia regular y puntual al trabajo; y el cumplimiento cabal de la jornada de trabajo establecida. 92 2. La observancia de las normas de comportamiento establecidas por la Policía de Puerto Rico. 3. La observancia de normas de comportamiento correcto, cortés y respetuoso o en sus relaciones con sus supervisores, supervisados, compañeros de trabajo y ciudadanos. 4. La eficiencia y diligencia en la realización de las funciones y.tareas asignadas a sus puestos y otras compatibles con estas que se le asignen. 5. El cumplimiento de aquellas órdenes e instrucciones de sus supervisores, compatibles con la autoridad delegada en éstos y con las funciones y objetivos de la Policía de Puerto Rico. 6. E1 mantener la confidencialidad de aquellos asuntos relacionados con su trabajo. 7. La realización de tareas durante horas no laborables cuando la necesidad del servicio así lo exija y previa la notificación correspondiente, con antelación razonable cuando las circunstancias lo permitan. 8. La vigilancia, conservación y salvaguarda de documentos, bienes e intereses públicos que estén bajo custodia. 9. El cumplimiento de las disposiciones de Ley, de las reglas y órdenes dictadas en virtud de las mismas, así como de las ordenanzas municipales.
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