Regl. 4216, art. 2

BASE LEGAL

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Cite as Reglamento Núm. 4216, Art. 2

Este reglamento se adopta conforme a las disposiciones de las Secciones 5.7 y 5.13 de la Ley Núm. 5, aprobada el 14 de octubre de 1975, según enmendada, conocida como "Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico" y el Artículo 7 de la Ley Núm. 26, aprobada el 22 de agosto de 1974, según enmendada, conocida como "Ley de la Policía de Puerto Rico de 1974".
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