Regl. 4216, art. 22-22.1 dup2
Autoridad para Adoptar Manuales de Procedimientos, Instrucciones,
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Cite as Reglamento Núm. 4216, Art. 22-22.1 dup2
Ordenes Administrativas, Ordenes Generales y/o Especiales
El Superintendente de la Policía de Puerto Rico queda facultado para disponer, organizar, ordenar, reglamentar y controlar la confección de Manuales de
Procedimientos, Instrucciones, Ordenes Administrativas, Ordenes Generales y/o
Especiales para desarrollar la política administrativa y cualquier otro asunto
necesario para el mejor y más eficiente funcionamiento de la Policía de Puerto
Rico, las cuales se conformará a lo dispuesto en la Ley de Personal; la Ley de la
Policía de Puerto Rico y sus respectivos Reglamentos.