Regl. 4216, art. 9-9.1

Normas Generales

Length: 1,376 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 4216, Art. 9-9.1

Todas las prendas de vestir, el uniforme y el equipo que se prescribe será suministrado a los miembros de la Fuerza y sufragados por la Agencia. E1 personal asignado a tareas de investigación no tendrá que usar uniforme. Usará ropa civil en armonía con las funciones que desempeñe. 1. El uniforme para policías y mujeres policías constará de las siguientes piezas: a. Policías varones (1) gorra 0 cascos protectores, sombreros o boinas (2) camisa (3) pantalones (4) zapatos - 21 - (5) capa de lluvia (6) insignias b. Mujeres Policías (1) falda o pantalón (2) chaqueta (3) camisa (4) corbata (5) capa de lluvia (6) gorra o cascos protectores, sombreros o boinas (7) insignias (8) zapatos (9) cartera La falda podrá ser sustituída por falda pantalón o pantalón, cuando así lo requiera los servicios a prestarse y así lo determine el Superintendente o el supervisor inmediato. No se usará sobre el uniforme ninguna prenda, excepto el pito y condecoraciones 0 distintivos obtenidos en la Policía de Puerto Rico. El uniforme que se prescribe más adelante se usará en todo momento en que se está en servicio. El uniforme se usará únicamente en la forma prescrita por el Superintendente y no se permitirá alteraciones en su diseño. Los oficiales podrán usar el uniforme de gala color azul marino. Los demás miembros de la Policía lo podrán usar en actividades especiales. En ambos casos, el Superintendente aprobará el diseño. 2. Gorras, sombreros 0 boinas a. Oficiales 22 - (1) La gorra será de color azul marino, número 521-604, estilo "Pershing". La visera será de color negro con trencillas negras de 1 1/2" de ancho alrededor de la parte inferior de la copa. Llevará dos (2) botones dorados de 1/2" de diámetro a los lados, con las iniciales "P.P.R." en el centro y una cintilla dorada de 1/2" de ancho cubriendo el frente de la visera. Opcionalmente, los Comandantes, Tenientes Coroneles y Coroneles podrán usar sobre la visera entorchados en hilo color oro formando hojas de parra. b. Sargentos (1) Igual que la anterior, excepto que la cintilla y los botones serán color niquelado. C. Guardia y Guardia Cadete (1) En el caso de los guardias y guardias cadetes, la cintilla que llevarán sobre la visera de la gorra será de color negro. d. Las Unidades Especializadas y otro personal de la Policía podrán usar aquellas gorras, cascos, sombreros o boinas que autorice el Superintendente mediante directriz al efecto. 3. Cascos Protectores a. Los motociclistas usarán un casco protector de seguridad de fibra de cristal color blanco ccn tres (3) cintas negras de atrás hacia adelante de 1/2" de ancho. El casco protector se sostendrá con tiras de cuero. b. Los cascos protectores para la Unidad de Operaciones Tácticas serán de color azul. 4. Camisa a. Guardias, Sargentos y Oficiales - 23 (1) Los guardias y sargentos utilizarán camisa color azul Puerto Rico, número 3940-33446 de la clase de material que seleccione el Superintendente. Esta camisa será de estilo militar con mangas cortas. Los oficiales, además, podrán usar camisa blanca con las mismas especificaciones de las camisas de los sargentos y guardias. (2) La camisa llevará un bolsillo en cada lado de la pechera con un botón en la parte superior para abrocharse el ojal de la lengueta. La lengueta tendrá una abertura al lado derecho para llevar lápices. (3) La camisa llevará un portaplaca tamaño 1 1/2" de ancho en la tirilla inferior del mismo material, adherido a la parte superior izquierda de la camisa. Los botones de la camisa serán del mismo color de ésta. (4) Los guardias y sargentos usarán charreteras u hombreras del mismo color de la camisa y del mismo material. Los oficiales las usarán de color negro. Los oficiales usarán con la guerrera camisa de uso corriente de color blanco. (5) No se permitirá costuras en la camisa que alteren el diseño de éstas. 5. Pantalon a. El pantalón será confeccionado con el material que designe el Superintendente, de color azul marino, número 521-604. Será de estilo militar con una tirilla de 1 1/2" de ancho, color negro cosida a todo lo largo del pantalón desde la cintura hasta el ruedo. Tendrá un bolsillo a cada costado y bolsillos traseros. b. No se permitirá costuras en el pantalón que alteren el diseño de éste. 24 6. Zapatos a. Los zapatos para el servicio serán de color negro estilo militar y de cordones. 7. Capa de lluvia a. La capa de lluvia para los miembros de la Fuerza será aquella que determine el Superintendente. 8. Uniforme para la Mujer Policía a. La chaqueta del uniforme de la mujer policía será confeccionada con la clase de material que designe el Superintendente, pero su color será azul marino número 521-604. Deberá tener cuello y solapa sencillo. La solapa será discretamente abierta para abrocharse con cuatro (4) botones al frente. El largo de las mangas deberá ser hasta un poco más abajo del nudille de la muñeca. Los botones serán de metal niquelado y con las letras "P.P.R." El cuello y la solapa de la chaqueta tendrán alrededor de 1 1/4" de ancho hasta la parte superior, abriéndose progresivamente hasta alcanzar la parte exterior que une con la solapa. La chaqueta tendrá un bolsillo a cada lado de construcción interna. La blusa del uniforme será de material de paño estilo "sport", color blanco con un bolsillo a cada lado con solapa de cierre. Las mangas de la blusa serán cortas. La falda del uniforme para el servicio será de tela azul marino número 521-604 y de la misma tela del pantalón del uniforme de los policías. Deberá ser confeccionada en estilo línea "A". En la parte izquierda un cierre de cremallera de 7" u 8" de largo. Llevará una banda de cinturón cosida a la falda. Con la chaqueta podrá usarse un lazo. 25 b. La mujer policía puede maquillarse, pero debe hacerlo con sencillez y buen gusto, sin caer en artificios chocantes que le exponga a críticas desfavorables. C. Cuando se lleva el uniforme deben usarse medias. d. E1 ruedo de la falda debe usarse a nivel o más abajo de la rodilla. e. E1 uso de prendas debe ser moderado, especialmente aretes, los cuales no deben ser de tamaño grande. Es de carácter discresional el uso de pantalones. f. E1 zapato será liso de color negro con tacones de 2". 8. La gorra será confeccionada de la misma tela de las que usan los policías, de color azul marino, número 521-604. Su diseño será semejante a la utilizada por las mujeres de servicio en el ejército, con una pequeña ala plegada en la parte de atrás y abierta al frente, trencilla de color blanco y la corona con su número de placa. h. La cartera que acompañará al uniforme de la mujer policía será de cuero con tirantes para llevarla en el hombro y de color negro. i. La capa de lluvia será la que designe el Superintendente. j. No se permitirán costuras en el uniforme que alteren el diseño de éstos. 9. Uniforme para Guardia Cadete a. Los guardias cadetes usarán el uniforme y distintivos que el Superintendente determine mediante directrices al efecto. 10. Prenda de vestir opcional a. Guerrera de vestir opcional (1) Durante ocasiones especiales, los miembros de la Policía opcionalmente, usarán una guerrera o chaqueta del mismo material del cual esté confeccionado el pantalón. Los 26 oficiales podrán opcionalmente, usar el traje de gala color blanco para ciertas ocasiones. (2) La guerrera o chaqueta será de estilo militar con cuello y solapa de doblez sencillo cruzada con solapa abierta para abrocharse con cuatro (4) botones de metal dorado, con letras "P.P.R." (3) Llevará cuatro (4) bolsillos, dos (2) superiores y dos (2) inferiores, estos últimos de mayor tamaño. Cada bolsillo tendrá cartera abrochada con botones pequeños de metal, color dorado y con las letras "P.P.R." (4) Las mangas tendrán trencilla de seda de 1/2" de ancho alrededor de la manga cosida a una distancia de 2" de la bocamanga. (5) Las mangas en la guerrera o chaqueta de oficiales tendrán un paño de 3 1/2" de ancho de bocamanga y una banda de trencilla negra de seda de 1/2" de ancho cosida alrededor de la manga a 1/4" del paño negro.
Regl. 4216, art. 9-9.1: Normas Generales | Justis AI