Regl. 4217, art. 1-6
ORGANIZACION FUNCIONAL Y ADMINISTRACION DE LA
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Cite as Reglamento Núm. 4217, Art. 1-6
POLICIA DE PUERTO RICO
1. La organización funcional básica de la Policía de
Puerto Rico estará compuesta de las unidades que más adelante
se mencionan, las cuales podrán ser reorganizadas por el
Superintendente de acuerdo con las necesidades que surjan de
tiempo en tiempo.
a. Oficina del Superintendente
(1) Esta Oficina tendrá la responsabilidad de
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promulgar, dictar y orientar la política
pública, las normas y los procedimientos
generales, tanto para la fase administrativa
como para la operacional en el descargo de
las facultades concedidas por ley.
b. Superintendentes Auxiliares
(1) El Superintendente Auxiliar en Operaciones
de Campo tendrá la responsabilidad de orientar
y coordinar la política administrativa y
operacional relacionada con las funciones de
patrullaje preventivo y de tránsito que
desarrolla la Policía Uniformada en armonía
con las directrices que dicte el Superintendente para las funciones asignadas al Negociado
de Operaciones de Campo y aquellas otras
unidades que le sean asignadas por el Superintendente.
(2) El Superintendente Auxiliar en Investigaciones
Criminales tendrá la responsabilidad de orientar
y coordinar la política administrativa y
operacional en las funciones de investigación
criminal, en armonía con las directrices que
dicte el Superintendente para las funciones
asignadas al Cuerpo de Investigación Criminal,
al Negociado de Drogas y Control del Vicio y
aquellas otras unidades que le sean asignadas
por el Superintendente.
(3) El Superintendente Auxiliar en Servicios
Gerenciales tendrá la responsabilidad de
orientar la política pública y administrativa,
en armonía con las directrices que dicte el
Superintendente, para las funciones' asignadas
al Negociado de Servicios Administrativos,
Negociado de Personal, Negociado de Servicios
Técnicos y aquellas otras unidades que le
sean asignadas por el Superintendente.
(4) El Superintendente Auxiliar en Servicios
de Inspección y Asuntos Disciplinarios tendrá
la responsabilidad de los servicios de
inspección a todas las unidades operacionales
y administrativas, y los asuntos relacionados
con las investigaciones de la conducta del
personal y las quejas por servicios policiales.
Colaborará cuando así lo requiera el
Superintendente, en la confección de programas
y planes para readiestramiento de servicio.
(5) El Superintendente Auxiliar en Relaciones
con la Comunidad tendrá la responsabilidad de
orientar y coordinar la política administrativa
operacional relacionada con los programas de
vinculación de la Policía con todos los
sectores de la comunidad, con las relaciones
interpersonales entre los miembros de la Fuerza,
y aquellas otras tareas que le sean asignadas
por el Superintendente.
6) El Superintendente Auxiliar en Educación
y Adiestramiento tendrá la responsabilidad de
orientar y coordinar la política administrativa
y operacional, en armonía con las directrices
que dicte el Superintendente, en todo lo
relativo al desarrollo académico del personal
de la Fuerza, incluyendo adiestramiento al
personal de nuevo ingreso, readiestramiento en
servicio, educación universitaria, y aquellos
otros asuntos que le sean asignados por el
Superintendente.
C. Negociados
(1) Negociado de Operaciones de Campo
(a) Estará compuesto por todas las unidades
comprendidas dentro de la estructura
operacional de campo de la Policía
Uniformada y cuyas funciones principales
son la prestación de los servicios de
prevención del crimen para la protección
de la ciudadanía; así como el mantenimiento del orden público. Este Negociado
estará bajo la dirección de un Coronel.
El Superintendente Auxiliar en Operaciones
de Campo, podrá dirigir directamente este
Negociado.
(2) Negociado de Administración de Tránsito
(a) La función principal de este Negociado
es la de planificar, organizar,
administrar y coordinar los servicios
de tránsito y patrullaje de carreteras
que ofrece la Policía Uniformada a
traves de toda la Isla. Estará
dirigido por un miembro de la Fuerza,
con rango no menor de Comandante.
(3) Negociado de Drogas y Control del Vicio
(a) La función principal de este Negociado es
la de planificar, organizar, administrar,
coordinar y ejecutar en toda la Isla la
investigación del tráfico ilegal de
drogas y narcóticos. De igual forma su
función es investigar actividades
delictivas, tales como: prostitución,
juegos prohibidos e infracciones a leyes
relacionadas con bebidas alcohólicas.
Estará dirigido por un miembro de la
Fuerza, con rango no menor de
Comandante o Agente Investigador IV.
(4) Negociado de Servicios Técnicos
(a) Este Negociado tendrá la encomienda
de administrar los servicios de
identificación criminal, comunicaciones,
estadísticas, sistemas de in rmación,
la administración y disposición de
documentos, así como la expedición de
licencias, permisos, certificados de
antecedentes penales y partes policíacos
del Area, Metropolitana.
(5) Negociado de Servicios Administrativos
(a) Este Negociado será responsable de
la administración y control de
presupuesto y asuntos fiscales,
compra, mantenimiento y distribución
de la flota motorizada, la compra
de materiales, equipo y servicios,
así como el control de inventario,
servicios de arte y reproducción, la
administración de proyectos federales,
planta física, contratos de servicios
policiales, la confección de informes
anuales y los servicios de mantenimiento en general.
(6) Negociado de Personal
(a) Este Negociado estará a cargo del
programa de administración de personal,
inclusive de reclutamiento, selección,
adiestramiento y mejoramiento
profesional de los empleados de la
Policía de Puerto Rico; brindará
orientación referente al retiro del
servicio. En adición, atenderá los
asuntos relacionados con los veteranos
de la Policía de Puerto Rico y proveerá
aquellos otros servicios de índole social
que se estimen necesarios para el
bienestar del empleado.
d. Areas Policiales
(1) Las Areas Policiales constituyen
divisiones geográficas de operaciones
y de distribución y administración
de servicios policíacos. Conforme a
este criterio, la Isla se divide en
áreas policiales, subdivididas a su vez
en zonas, distritos, divisiones,
precintos y destacamentos. En sectores
apropiados podrán, con la ayuda, de la
comunidad, establecerse Mini-estaciones.
El Superintendente Auxiliar en Operaciones
de Campo ejercerá autoridad de mando sobre
los Comandantes de Areas en todo lo
relacionado con la fase preventiva y de
tránsito. El Superintendente Auxiliar
en Investigaciones Criminales ejercerá
autoridad de mando sobre los Comandantes
de Areas en todos los asuntos
relacionados con la investigación
criminal.
El Superintendente podrá crear las
Areas Policiales que estime necesarias,
cuando las necesidades de servicio así
lo requieran.
2. De existir razones administrativas u operacionales el
Superintendente podrá crear, consolidar 0 eliminar uno o más
Oficinas, Divisiones o Unidades a nivel central o a nivel de las
Areas.