Regl. 4217, art. 1-6

ORGANIZACION FUNCIONAL Y ADMINISTRACION DE LA

Length: 1,000 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 4217, Art. 1-6

POLICIA DE PUERTO RICO 1. La organización funcional básica de la Policía de Puerto Rico estará compuesta de las unidades que más adelante se mencionan, las cuales podrán ser reorganizadas por el Superintendente de acuerdo con las necesidades que surjan de tiempo en tiempo. a. Oficina del Superintendente (1) Esta Oficina tendrá la responsabilidad de 2 promulgar, dictar y orientar la política pública, las normas y los procedimientos generales, tanto para la fase administrativa como para la operacional en el descargo de las facultades concedidas por ley. b. Superintendentes Auxiliares (1) El Superintendente Auxiliar en Operaciones de Campo tendrá la responsabilidad de orientar y coordinar la política administrativa y operacional relacionada con las funciones de patrullaje preventivo y de tránsito que desarrolla la Policía Uniformada en armonía con las directrices que dicte el Superintendente para las funciones asignadas al Negociado de Operaciones de Campo y aquellas otras unidades que le sean asignadas por el Superintendente. (2) El Superintendente Auxiliar en Investigaciones Criminales tendrá la responsabilidad de orientar y coordinar la política administrativa y operacional en las funciones de investigación criminal, en armonía con las directrices que dicte el Superintendente para las funciones asignadas al Cuerpo de Investigación Criminal, al Negociado de Drogas y Control del Vicio y aquellas otras unidades que le sean asignadas por el Superintendente. (3) El Superintendente Auxiliar en Servicios Gerenciales tendrá la responsabilidad de orientar la política pública y administrativa, en armonía con las directrices que dicte el Superintendente, para las funciones' asignadas al Negociado de Servicios Administrativos, Negociado de Personal, Negociado de Servicios Técnicos y aquellas otras unidades que le sean asignadas por el Superintendente. (4) El Superintendente Auxiliar en Servicios de Inspección y Asuntos Disciplinarios tendrá la responsabilidad de los servicios de inspección a todas las unidades operacionales y administrativas, y los asuntos relacionados con las investigaciones de la conducta del personal y las quejas por servicios policiales. Colaborará cuando así lo requiera el Superintendente, en la confección de programas y planes para readiestramiento de servicio. (5) El Superintendente Auxiliar en Relaciones con la Comunidad tendrá la responsabilidad de orientar y coordinar la política administrativa operacional relacionada con los programas de vinculación de la Policía con todos los sectores de la comunidad, con las relaciones interpersonales entre los miembros de la Fuerza, y aquellas otras tareas que le sean asignadas por el Superintendente. 6) El Superintendente Auxiliar en Educación y Adiestramiento tendrá la responsabilidad de orientar y coordinar la política administrativa y operacional, en armonía con las directrices que dicte el Superintendente, en todo lo relativo al desarrollo académico del personal de la Fuerza, incluyendo adiestramiento al personal de nuevo ingreso, readiestramiento en servicio, educación universitaria, y aquellos otros asuntos que le sean asignados por el Superintendente. C. Negociados (1) Negociado de Operaciones de Campo (a) Estará compuesto por todas las unidades comprendidas dentro de la estructura operacional de campo de la Policía Uniformada y cuyas funciones principales son la prestación de los servicios de prevención del crimen para la protección de la ciudadanía; así como el mantenimiento del orden público. Este Negociado estará bajo la dirección de un Coronel. El Superintendente Auxiliar en Operaciones de Campo, podrá dirigir directamente este Negociado. (2) Negociado de Administración de Tránsito (a) La función principal de este Negociado es la de planificar, organizar, administrar y coordinar los servicios de tránsito y patrullaje de carreteras que ofrece la Policía Uniformada a traves de toda la Isla. Estará dirigido por un miembro de la Fuerza, con rango no menor de Comandante. (3) Negociado de Drogas y Control del Vicio (a) La función principal de este Negociado es la de planificar, organizar, administrar, coordinar y ejecutar en toda la Isla la investigación del tráfico ilegal de drogas y narcóticos. De igual forma su función es investigar actividades delictivas, tales como: prostitución, juegos prohibidos e infracciones a leyes relacionadas con bebidas alcohólicas. Estará dirigido por un miembro de la Fuerza, con rango no menor de Comandante o Agente Investigador IV. (4) Negociado de Servicios Técnicos (a) Este Negociado tendrá la encomienda de administrar los servicios de identificación criminal, comunicaciones, estadísticas, sistemas de in rmación, la administración y disposición de documentos, así como la expedición de licencias, permisos, certificados de antecedentes penales y partes policíacos del Area, Metropolitana. (5) Negociado de Servicios Administrativos (a) Este Negociado será responsable de la administración y control de presupuesto y asuntos fiscales, compra, mantenimiento y distribución de la flota motorizada, la compra de materiales, equipo y servicios, así como el control de inventario, servicios de arte y reproducción, la administración de proyectos federales, planta física, contratos de servicios policiales, la confección de informes anuales y los servicios de mantenimiento en general. (6) Negociado de Personal (a) Este Negociado estará a cargo del programa de administración de personal, inclusive de reclutamiento, selección, adiestramiento y mejoramiento profesional de los empleados de la Policía de Puerto Rico; brindará orientación referente al retiro del servicio. En adición, atenderá los asuntos relacionados con los veteranos de la Policía de Puerto Rico y proveerá aquellos otros servicios de índole social que se estimen necesarios para el bienestar del empleado. d. Areas Policiales (1) Las Areas Policiales constituyen divisiones geográficas de operaciones y de distribución y administración de servicios policíacos. Conforme a este criterio, la Isla se divide en áreas policiales, subdivididas a su vez en zonas, distritos, divisiones, precintos y destacamentos. En sectores apropiados podrán, con la ayuda, de la comunidad, establecerse Mini-estaciones. El Superintendente Auxiliar en Operaciones de Campo ejercerá autoridad de mando sobre los Comandantes de Areas en todo lo relacionado con la fase preventiva y de tránsito. El Superintendente Auxiliar en Investigaciones Criminales ejercerá autoridad de mando sobre los Comandantes de Areas en todos los asuntos relacionados con la investigación criminal. El Superintendente podrá crear las Areas Policiales que estime necesarias, cuando las necesidades de servicio así lo requieran. 2. De existir razones administrativas u operacionales el Superintendente podrá crear, consolidar 0 eliminar uno o más Oficinas, Divisiones o Unidades a nivel central o a nivel de las Areas.
Regl. 4217, art. 1-6: ORGANIZACION FUNCIONAL Y ADMINISTRACION DE LA | Justis AI