Regl. 4220, art. VII
Reglamento para la Conseción de Préstamos a Artesanos Certificados por la Comisión Acreditadora de ArtesanÃas Puertorriqueñas.
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Cite as Reglamento Núm. 4220, Art. VII
PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACION DE SOLICITUDES
I.
DEPARTAMENTO DE COMERCIO
OFICINA REGIONAL
A. Toda solicitud de préstamo se radicará en la Oficina Regional del
Departamento de Comercio correspondiente.
B. La Oficina Regional tendrá la responsabilidad de:
1. Visitar, orientar e informar a la Unidad Artesana si es
elegible para el Programa de Préstamos.
a) De no ser elegible, informar al artesano y concluir el
proceso.
b) De ser elegible, procederá con:
2. Entrega el formulario Solicitud de Préstamo y la hoja de
Documentos Requeridos para Solicitud de Préstamo. En esta
etapa se indicará al artesano cuáles documentos deberá acompañar con la solicitud de préstamo, asà como los que deberá
someter posteriormente, de aprobarse el mismo.
3. Informar las condiciones y requisitos necesarios para
tramitar la solicitud de préstamo.
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4. Orientar y/o asistir al artesano a llenar la solicitud, preparación de estados financieros y otros documentos, de ser
necesario. Además, discutir con el artesano la probabilidad
económica de la Unidad Artesana.
5. Verificar que el formulario Solicitud de Préstamo esté completo en todas sus partes, firmado y acompañado de los
documentos requeridos. Identificar al artesano, mediante
retrato y firma para constatar su identidad.
6.
Conceder un término de 10 dÃas al artesano para que someta
JRAQ
cualquier documento que sea necesario, pero que no impida se
inicie la investigación del préstamo.
7.
Preparar el expediente, visitar al artesano e investigar si
reune los requisitos establecidos del Programa y someter las
recomendaciones pertinentes.
8. No se tramitará a la CompañÃa ninguna solicitud de préstamo
hasta tanto el interesado someta toda la documentación
requerida que sea indispensable para darle curso a la misma.
9. Informar por teléfono a la División de Préstamos de la
CompañÃa, nombre con apellidos del solicitante y cónyuge, del
codeudor y cónyuge con sus respectivas direcciones y número
de seguro social para que la CompañÃa gestione los informes
de crédito correspondientes.
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10. Preparar y enviar hoja de trámite indicando al Secretario
Auxiliar del Programa de Comercio Local la acción tomada
sobre el caso.
11. Enviar el expediente de la solicitud de préstamo a la
División de Préstamos de la CompañÃa.
12. Certificar con su firma que el préstamo cualifica bajo las
normas del Programa y las disposiciones de este Reglamento.
II. COMPAÑIA DE DESARROLLO COMERCIAL
A. DIVISION DE PRESTAMOS:
1. Recibe el expediente de la solicitud de préstamo de la
Oficina Regional del Departamento de Comercio y lo ingresa en
el Registro de Solicitudes de Préstamo.
2. Verifica que el expediente incluya toda la información y
documentos necesarios, además de verificar que el préstamo
cumple con la reglamentación vigente. De no estar completo
el expediente, devolverá el mismo a la oficina del Secretario
Auxiliar del Programa de Comercio Local del Departamento de
Comercio con las observaciones pertinentes.
3. Solicitará a la Oficina Regional cualquier información o
documentación que estime necesaria.
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4. Estudia, investiga, analiza y evalúa toda la información y la
situación financiera del artesano, conforme a las normas y
los procedimientos establecidos en este Reglamento.
5. Determina el término, principal e intereses a pagar, conforme
a la cantidad y propósitos del préstamo solicitado.
6. Redactará un memorando dirigido al Director Ejecutivo O al
Presidente con toda la información del caso, incluyendo las
recomendaciones pertinentes para que el Director o el
Presidente tomen acción rápida sobre el caso. En esta etapa,
deberá incluir para la firma del Director O del Presidente,
JRPR
carta de aprobación, con las correspondientes condiciones;
resolución o carta de denegación, según aplique.
7. EnvÃa al Director Ejecutivo o al Presidente el expediente del
préstamo, acompañado del informe, carta de aprobación con sus
condiciones, resolución y/o carta de denegación.
8. Una vez el préstamo es aprobado por el Director Ejecutivo O
por el Presidente y sea aceptado y completado por el solicitante, refiere el caso a la División Legal con los términos
y condiciones del préstamo.
9. Notifica la fecha del cierre a la oficina del Contralor con
el desglose de las partidas a desembolsarse y los documentos
que justifiquen los mismos.
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10. Recibe y tramita con la aseguradora el pago para prima de
seguro requerida en el préstamo.
11. Requerirá de la División de Contabilidad la preparación de la
Tabla de Amortización y Libreta de Cupones de Pago.
12. EnvÃa el expediente al Area de Administración de Documentos
(Archivo Central), para su archivo y custodia.
B. OFICINA DEL DIRECTOR EJECUTIVO Y DEL PRESIDENTE:
1. Revisará y evaluará el análisis y recomendaciones, asà como
las cartas de aprobación O denegación que acompañan el
préstamo.
JRHR
2. De proceder la aprobación del préstamo, el Director Ejecutivo
o el Presidente, procederá a firmar el informe, la carta de
aprobación y la resolución. Una vez firmados los documentos,
devolverá el expediente a la División de Préstamo para que
proceda a distribuir la carta de aprobación, notifique al
prestatario, a la Oficina Regional del Departamento de
Comercio correspondiente y al Programa.
3. De no proceder la aprobación del préstamo, el Director
Ejecutivo O el Presidente procederá a firmar el informe denegando el préstamo. Devolverá el expediente a la División de
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Préstamos para que se proceda a notificar por escrito al
solicitante, informándole las razones para la denegación del
préstamo. Se enviará copia de la carta a la Oficina Regional
del Departamento de Comercio correspondiente y al Programa.
C. OFICINA DE ASUNTOS LEGALES:
1. Recibe, revisa el expediente y determina la documentación
legal necesaria para el cierre del préstamo.
2. Ordena el Estudio de TÃtulo de la propiedad, si aplica.
3. Verifica que la garantÃa ofrecida cumpla con el rango solicitado por la División de Préstamos, la propiedad esté al dÃa
en el pago de las contribuciones y los otorgantes estén
cualificados legalmente para incurrir en la obligación.
4. Prepara los documentos legales requeridos en el caso y
coordina el cierre del préstamo. Notifica a la División de
Préstamo sobre la fecha del cierre, gastos legales, si
alguno, para que ésta coordine con la Oficina del Contralor
la preparación de los cheques que se entregarán al prestatario el dÃa en que cierre el préstamo.
5. Recibe al artesano, solicita muestre identificación con
retrato, firma y número de seguro social para constatar su
identidad, asà como también cualquier otra documentación
pertinente, si aplica.
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6. Requiere la firma de documentos entre las partes, envia al
artesano copia de los documentos legales relacionados con el
préstamo.
7. Distribuye los documentos de préstamo a la Oficina de
Presupuesto para su custodia en bóveda y a la División de
Préstamos con el expediente del prestatario.
8. Presenta al Registro de la Propiedad los documentos necesarios para su inscripción.
9. Mantendrá un seguimiento estricto hasta que se reciba el
documentos registrado del Registro de la Propiedad.
D. OFICINA DE CONTRALORIA:
1. Revisa los documentos de desembolso, determina que estén
completos y que cumplan con el propósito y las condiciones
del préstamo estipulados en la carta de aprobación y en la
resolución.
2. Revisa que los términos, cálculos, seguros y otras condiciones cumplan con las normas establecidas.
3. De no proceder el desembolso del préstamo, notificará sobre
el particular al Director de Préstamos para la acción correspondiente.
4. De proceder el desembolso del préstamo, refiere los documentos a la División de Contabilidad para la preparación del
comprobante de desembolso.
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5. Devuelve el expediente a la División de Préstamo.
E. DIVISION DE CONTABILIDAD:
1.
Prepara el comprobante de desembolso y envia el original a la
Oficina de Presupuesto y Finanzas para la preparación de los
cheques.
2. Recibe y revisa el expediente de préstamo.
3.
Completa el formulario de Información de Datos para ser
procesado en el Centro de Cómputos.
4.
Procesa Tabla de Amortización, Libreta de Cupones de Pago y
coteja sus correcciones.
5.
EnvÃa libreta de pago al cliente.
6.
Devuelve el expediente a la División de Préstamo.
7.
EnvÃa copia del Informe de Préstamos a la División de Crédito
y Cobros.
F. OFICINA DE PRESUPUESTO Y FINANZAS:
1. Prepara los cheques.
2. Notifica a la Oficina de Asuntos Legales que los cheques
están preparados.
3.
Una vez se le notifique del cierre del préstamo, entregará
los cheques al prestatario, tomará el endoso de aquellos que
lo requieran y tramitará a la División de préstamos cualquier
pago para prima de seguro.
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G. DIVISION DE CREDITO Y COBROS:
1. Recibe y revisa el Informe de Préstamo.
2. Mantiene seguimiento estricto al recobro del préstamo hasta
sus últimas consecuencias.