Regl. 4226, art. IX
Solicitud de Intervención en el
Cite as Reglamento Núm. 4226, Art. IX
Procedimiento Adjudicativo
Podrá presentar una Solicitud de Intervención en el
Procedimiento Adjudicativo, cualquier persona que tenga
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un interés legitimo en un procedimiento adjudicativo ante
la Administración, 0 sea, que desee ser un Interventor;
someterá una solicitud por escrito y debidamente
fundamentada para que se le permita intervenir 0
participar en dicho procedimiento. Esta solicitud de
intervención la concederá 0 denegará la Administración,
siguiendo los requisitos y procedimientos que se
establecen en las Secciones 3.5 y 3.6 de la Ley Núm. 170
del 12 de agosto de 1988, según enmendada.