Regl. 4226, art. XV
Delegación Para Disposición De Asuntos
Cite as Reglamento Núm. 4226, Art. XV
Procesales
Los Oficiales Examinadores tendrán autoridad para
disponer de todos los asuntos procesales y relativos a la
evidencia a presentarse en el caso, incluyendo los
incidentes relativos al descubrimiento de pruebas; y
podrán emitir las Resoluciones interlocutorias que fueren
necesarias.
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Las determinaciones asi tomadas por los Oficiales
Examinadores serán consideradas como de la Agencia y sólo
serán revisables por Moción de Reconsideración presentada
con respecto a la Resolución Final del Caso.