Regl. 4226, art. XVIII

Notificación de la Vista

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Cite as Reglamento Núm. 4226, Art. XVIII

La Administración notificará por escrito a todas las partes 0 a sus Representantes Autorizados e Interventores la fecha, hora y lugar en que se celebrará la vista adjudicativa. La notificación se realizará por correo con no menos de quince (15) dias de anticipación a la fecha de la vista, excepto que por causa justificada, consignada en la notificación, sea necesario acortar dicho periodo. -12- La Notificación de Vista contendrá la siguiente información: a) Fecha, hora y lugar en que se celebrará la vista, asi como su naturaleza y propósito. b) Advertencia de que las partes podrán comparecer asistidas de abogados, pero no están obligadas a estar asi representadas, incluyendo los casos de Corporaciones y Sociedades. c) Cita de la disposición legal 0 reglamentaria que autoriza la celebración de la vista. d) Referencia a las disposiciones legales 0 reglamentarias presuntamente violadas y a los hechos constitutivos de tal infracción. e) Apercibimiento de las medidas que la Administración podrá tomar si una parte no comparece a la vista.
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