Regl. 4226, art. XVIII
Notificación de la Vista
Cite as Reglamento Núm. 4226, Art. XVIII
La Administración notificará por escrito a todas
las partes 0 a sus Representantes Autorizados e
Interventores la fecha, hora y lugar en que se celebrará
la vista adjudicativa. La notificación se realizará por
correo con no menos de quince (15) dias de anticipación a
la fecha de la vista, excepto que por causa justificada,
consignada en la notificación, sea necesario acortar
dicho periodo.
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La Notificación de Vista contendrá la siguiente
información:
a) Fecha, hora y lugar en que se celebrará la
vista, asi como su naturaleza y propósito.
b) Advertencia de que las partes podrán
comparecer asistidas de abogados, pero no están obligadas
a estar asi representadas, incluyendo los casos de
Corporaciones y Sociedades.
c) Cita de la disposición legal 0
reglamentaria que autoriza la celebración de la vista.
d) Referencia a las disposiciones legales 0
reglamentarias presuntamente violadas y a los hechos
constitutivos de tal infracción.
e) Apercibimiento de las medidas que la
Administración podrá tomar si una parte no comparece a la
vista.