Regl. 4229, art. VI

Procedimientos

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Cite as Reglamento Núm. 4229, Art. VI

1. Solicitud Los agricultores interesados en participar en el Programa, deben llenar el correspondiente formulario de solicitud para -3- adquisición de semilla de caña en la Oficina de Colonos de la Central. La Oficina de Colonos certificará la solicitud y la enviará al Director Regional del Departamento de Agricultura para su aprobación. 2. Los agricultores para ser elegibles al incentivo por semilla de caña, deben tener la solicitud debidamente aprobada por el Gerente de la Central y por el Director Regional del Departamento de Agricultura, antes de proceder con el servicio correspondiente. 3. Una vez aprobada la solicitud por la Oficina Regional del Departamento de Agricultura, ésta procederá a devolver a la Central para efectuar el servicio correspondiente. El agricultor que suple la semilla, preparará un conduce en triplicado. El original del conduce será enviado con la solicitud a la Central para los trámites de pago. El agricultor y el suplidor se quedarán con una copia del conduce. 4. Forma de Pago La Central hará los correspondientes créditos y débitos al suplidor y al agricultor que recibe la semilla, respectivamente. Luego someterá una factura certificada a la Oficina de Finanzas de la Administración de Servicios Agrícolas, reclamando el pago de los incentivos. 5. La Central hará el crédito correspondiente al agricultor que recibe la semilla, tan pronto la Oficina de Finanzas de la Administración de Servicios Agrícolas, envíe el cheque por los servicios recibidos.
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