Regl. 1539, art. IV
OBJETIVOS GENERALES DE LA JUNTA
Cite as Reglamento Núm. 1539, Art. IV
A. La Junta participará activamente en el desarrollo y la
implementación de los programas y proyectos designados para servir a las personas de escasos recursos económicos tratando de
obtener la mayor participación por parte de éstos, a fin de estimularlos a que mejoren sus condiciones socio-económicas, Velará porque estos programas y proyectos sean de utilidad y significación para los propuestos beneficiarios.
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B. Proveerá medios a través de los cuales residentes de las
comunidades servidas puedan influenciar y participar regularmente
en la implementación y planificación de estos programas.
C. Será el mecanismo continuo y efectivo de obtener la participación de la comunidad puertorriqueña en general en los programas
desarrollados bajo el TÃtulo II de la Ley.