Regl. 4237, art. XIII

Planificación e Investigación

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Cite as Reglamento Núm. 4237, Art. XIII

El Programa efectuará estudios de mercadeo y viabilidad, y realizará la planificación necesaria para coordinar la producción con el mercadeo, establecer las estrategias de penetración de los mercados locales y del exterior, y fomentar el desarrollo del mercadeo agrícola.
Regl. 4237, art. XIII: Planificación e Investigación | Justis AI