Regl. 4265, art. 20
- TERMINO DEL NOMBRAMIENTO
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Cite as Reglamento Núm. 4265, Art. 20
20.1- El nombramiento del tutor cesará:
a) con la muerte, renuncia o remoción del tutor;
b) con la muerte del pensionado o beneficiario;
c) cuando el menor se emancipe por edad, matrimonio o legalmente;
d) cuando cese el pago del beneficio;
e) cuando el pensionado demuestre que esté capacitado para administrar sus
bienes.