Regl. 4265, art. 25

- CLAUSULA DE DEROGACION

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Cite as Reglamento Núm. 4265, Art. 25

Se derogan expresamente todas las reglas, normas, guias escritas y procedimientos que puedan estar en uso en la Administración para la tramitación de expedientes de tutela. Toda tramitación de expedientes de tutela solamente se regirá según lo dispuesto en este Reglamento y los que se aprueben y promulguen de conformidad con la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada.
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