Regl. 4268, art. V
Supervisión de los Fondos
Cite as Reglamento Núm. 4268, Art. V
d. Cancelar los cheques no reclamados después de
transcurridos treinta (30) dÃas laborables desde la
fecha en que se notifique al estudiante de la
disponibilidad del mismo.
Los incisos d y e pasan a ser incisos e y f. respectivamente.
Y para que asà conste, expido la presente certificación bajo el sello
de la Universidad de Puerto Rico, en RÃo Piedras, Puerto Rico, hoy dÃa
cuatro de junio de mil novecientos noventa.
Ismael RamÃrez Soto
Director Ejecutivo
Certitico que este documento es copia fiel y exacta del original que obra
en los archivos del Consejo de Educacion Superior.
En Rio Piedras. Puerto Rico. hoy dÃa 10 de julio de 1990.
Humberto Malavé
Director Ejecutivo
Interino