Regl. 4273, art. 14-14.5
Notificación al Solicitante:
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Cite as Reglamento Núm. 4273, Art. 14-14.5
1. Se notificará por escrito al empleado. la acción tomada en el caso de su solicitud de reingreso. En
los casos de empleados cesanteados se les informará
por escrito sobre el reingreso efectuado.
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2. Al rechazar una solicitud de reingreso, el Director
Ejecutivo de la Autoridad informará al empleado, en
su notificación, la causa D causas en que se fundamente la acción y el empleado podrá solicitar una
reconsideración de esta decisión dentro del término
de diez (10) dÃas a partir de la fecha de la notificación. Si la decisión es confirmada, el empleado
podrá apelar ante la Junta dentro del término de
treinta (30) dÃas a partir de la notificación de la
decisión.