Regl. 4273, art. 6-6.10 dup2
Procedimientos Especiales de Reclutamiento
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Cite as Reglamento Núm. 4273, Art. 6-6.10 dup2
y Selección:
Cuando resulte impracticable atender a las necesidades del
servicio con nombramientos hechos con sujeción al procedimiento
ordinario establecido en este Reglamento, la Agencia podrá utilizar procedimientos especiales de reclutamiento y selección para
puestos de trabajadores no diestros 0 semidiestros; cuando no se
disponga de registros de elegibles apropiados para determinadas
clases de puestos y la urgencia del servicio a prestarse 10 justifique; y para garantizar igualdad de oportunidad en el empleo a
participantes de programas de adiestramiento y empleo, a fin de
cumplir con las metas de tales programas.
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Los procedimientos especiales de reclutamiento y selección se
ajustarán a las siguientes normas:
1. En todo caso se deberá asegurar que los nombramientos se hagan en consideración a la idoneidad y capacidad.
2. Se usarán los medios de comunicación mãs convenientes para anunciar las oportunidades de empleo cuando
se inicie el proceso de reclutamiento de candidatos.
3. La fuente de reclutamiento podrá ser intragencial
0 externa, incluyendo cuando sea necesario, la
Oficina Central de Administración de Personal, el
Servicio de Empleos del Departamento del Trabajo,
las instituciones educativas del paÃs 0 personas
desempleadas en cualquier localidad.
4. Se establecerãn listas de candidatos cualificados
para cada clase de puesto. Para ello se utilizarán
los exâmenes que se estimen apropiados.
5. Todo candidato deberá reunir los requisitos mÃnimos
establecidos para la clase de puesto.
6. El reclutamiento será continuo hasta tanto se satisfagan las necesidades del servicio.
7. Los nombres de los candidatos se ordenarán en forma
descendente de calificación, conforme al resultado
obtenido en los exâmenes.
8. La selección deberá hacerse de entre los primeros
diez candidatos mejor cualificados que estén disponibles en la lista de elegibles. De haber cinco
candidatos que acepten nombramiento y no existan en
la lista candidatos adicionales, la agencia deberá
seleccionar entre aquellos disponibles.
E1 procedimiento especial de reclutamiento y selección para
puestos de trabajadores no diestros 0 semi-diestros se limitará al
examen de las personas a reclutarse. El examen consistirá de una
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evaluación a los Å«nicos fines de determinar si éstas reûnen requisitos mÃnimos.
Los nombramientos transitorios que se efectūen para cubrir
puestos permanentes porque no se dispone de registros apropiados y
la urgencia de los servicios a prestarse lo justifique, serãn por
un perÃodo mãximo de noventa (90) dÃas. Durante este periodo se
deberãn establecer los registros para cubrir los puestos. En estos casos el reclutamiento podrá limitarse al puesto y la zona a
los fines de atender las necesidades especificas y particulares de
la Autoridad para el Manejo de los Desperdicios Sólidos. También
como último recurso y tomando en consideración las prioridades y
urgencia del servicio, podrá ofrecerse un examen adecuado al candidato 0 los candidatos que hubiere disponibles y cualifiquen plenamente para desempeñar los deberes, y si aprobaran el examen
podrá nombrärseles como empleados probatorios.
Por conveniencia del servicio se podrã ascender 0 trasladar
transitoriamente a empleados con status regular 0 probatorio para
ocupar puestos de duración fija y puestos permanentes que se deban
cubrir con carãcter transitorio. Tales empleados conservarãn los
derechos adquiridos en sus puestos permanentes, entre ellos los de
licencia y la reinstalación a sus puestos en propiedad.