Regl. 4273, art. 8-8.7 dup2
Separaciones Durante el Período Probatorio:
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Cite as Reglamento Núm. 4273, Art. 8-8.7 dup2
Se podrá separar de su puesto a cualquier empleado de carrera
durante el período probatorio cuando se considere que sus servicios, hábitos 0 actitudes no justifican concederle un nombramiento
regular. Si la separación fuera debida a los hábitos 0 actitudes
del empleado, se podrá proceder a su separación del servicio mediante el procedimiento de destitución.