Regl. 4273, art. 9-9.3 dup2

Ejecución de los Planes de Adiestramiento:

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Cite as Reglamento Núm. 4273, Art. 9-9.3 dup2

1. Responsabilidad de la Autoridad para el Manejo de los Desperdicios Sölidos: Se asignará a una unidad específica en la Autoridad para el Manejo de los Desperdicios Sölidos la fun- сібп de adiestramiento de personal. Esta unidad deberá planificar, ejecutar y evaluar las actividades contenidas en el plan preparado por la Autoridad para el Manejo de los Desperdicios Sōlidos para el adiestramiento, capacitación y desarrollo de su personal para satisfacer aquellas necesidades privativas de la misma. Asi mismo, dicha unidad canalizará con el Instituto la participación de la Autoridad para el Manejo de los Desperdicios Sólidos en las actividades destinadas a satisfacer necesidades generales y comunes. La Autoridad para el Manejo de los Desperdicios Sólidos desarrollará su propio programa de adiestramiento para satisfacer sus necesidades particulares así como programas de pago de matrícula, concesión de licencias para estudios, adiestramientos de corta duración y otros, en forma semejante a los que se desarrollan en las agencias bajo la Administración Central. -54- 2. Establecimiento de Criterios por la Autoridad para el Manejo de los Desperdicios Solidos: La Autoridad para el Manejo de los Desperdicios Sólidos establecerá los criterios para la selección de las personas a ser adiestradas, los instructores, el contenido de los cursos de adiestramiento y la evaluación de éstos, para aquellas actividades destinadas a satisfacer necesidades inherentes a su particular función. Se podrá solicitar el asesoramiento del Instituto 0 contratar con el mismo servicios técnicos y de asesoramiento así como el uso de facilidades, materiales y equipo, conforme a las normas y procedimientos que para estos fines establezca el Director de la Oficina Central.
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