Regl. 4273, art. 9-9.5 dup2
Adiestramientos de Corta Duración:
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Cite as Reglamento Núm. 4273, Art. 9-9.5 dup2
1. Responsabilidad del Instituto y de la Autoridad
para el Manejo de los Desperdicios Solidos:
Los adiestramientos de corta duración dirigidos a
satisfacer necesidades generales y comunes de la
Autoridad para el Manejo de los Desperdicios
Sólidos se realizarán a través del Instituto.
La Autoridad para el Manejo de los Desperdicios
Sólidos planificará y efectuará las actividades de
adiestramiento y desarrollo que respondan a las necesidades específicas de la agencia.
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2. Duración y Propósito:
Los adiestramientos de corta duración se concederán
a los empleados por un término no mayor de seis (6)
meses con el propósito de recibir adiestramiento
prãctico 0 realizar estudios académicos que les
preparen para el mejor desempeño de las funciones
correspondientes a sus puestos.
Las convenciones y asambleas no se considerarán
adiestramientos de corta duración.
3. Cubierta de los Adiestramientos de Corta Duración:
Cuando a un empleado se le autorice un adiestramiento de corta duración se le concederá licencia
con sueldo. Ademãs, se le podrá autorizar el pago
de dietas, gastos de viaje y cuando fuere necesario, cualquier otro gasto.
4. Viajes al Exterior:
El Director Ejecutivo de la Autoridad tendrá la facultad para autorizar a los empleados a realizar
viajes al exterior con el fin de participar en actividades de adiestramiento con sujeción a las normas y trâmites que rigen los v viajes de empleados
públicos al exterior y a 10 siguiente: Dentro del
término de quince (15) días a partir de su regreso
del centro de adiestramiento, el empleado someterá
al Director Ejecutivo de la Autoridad un informe
completo sobre los gastos en que incurrio. Además,
someterã un informe narrativo sobre sus actividades
de adiestramiento conforme a las normas y procedimientos que la Autoridad para el Manejo de los
Desperdicios Sōlidos establezca.