Regl. 4277, art. I dup4

Deberes y responsabilidades del Programa

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Cite as Reglamento Núm. 4277, Art. I dup4

Los deberes y responsabilidades del Programa de Empleo Seguro respecto a los participantes son los siguientes: 1. coordinar con otras agencias públicas y privadas O desarrollar por iniciativa propia, aquellos adiestramientos necesarios para satisfacer las demandas y necesidades de los participantes; 2. promover el desarrollo de aquellas actividades educativas y de mejoramiento que viabilicen los objetivos del Programa; 3. coordinar con las agencias gubernamentales pertinentes para el ofrecimiento de incentivos salariales para patronos del sector privado con el propósito de constituir fuentes de empleo para los jóvenes participantes del Programa de Empleo Seguro; 4. no discriminar y velar porque no se discrimine, por razón de raza, color, sexo, nacionalidad, origen, condición social, ideas politicas O religiosas, edad O impedimento físico; 5. coordinar con las agencias pertinentes la prestación efectiva de aquellos servicios de apoyo a los participantes a los fines de proveerles de asistencia en 03-00-012 sus necesidades básicas que ayuden a colocarle en una posición competitiva para obtener un empleo o adiestramiento necesario; 6. atender las querellas o planteamientos que formulen los jóvenes respecto al funcionamiento del Programa; 7. evaluar las necesidades y potencialidades de los jóvenes para lograr de éstos una efectiva participación en los programas y actividades que realmente los capaciten para obtener un empleo; y 8. elaborar procedimientos administrativos uniformes para: a. solicitar los servicios del Programa de Empleo Seguro; b. evaluar y calificar al solicitante - este procedimiento deberá incluir los criterios de evaluación y proveerá para la discusión y notificación al participante sobre su elegibilidad; C. la coordinación de servicios de apoyo a los participantes; d. viabilizar la otorgación de incentivos salariales a los patronos; e. el seguimiento y la evaluación de los casos; y f. establecer un procedimiento de ventilación de querellas. 5 5 Se informará sobre este derecho al participante al momento de solicitar los servicios. 03-00-013
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