Regl. 4277, art. V dup4
Rechazo de ofertas
Cite as Reglamento Núm. 4277, Art. V dup4
El participante podrá rechazar la oferta de adiestramiento o
empleo que le ofrezca el Programa, siempre que medie una
justificación válida. La justificación que brinde el participante
será evaluada individualmente, de acuerdo a sus méritos, por el
personal de la oficina local, con el propósito de determinar la
validez de la misma, sin menoscabo de los derechos que el debido
proceso de ley le brindan al participante.
El participante tendrá hasta un máximo de tres oportunidades
para rechazar válidamente la oferta de educación o empleo que se
le ofrezca. Luego de rechazar tres ofertas de adiestramiento O
empleo, cesará toda responsabilidad del Programa de Empleo Seguro
para con el participante en cuanto a ofrecer nuevas oportunidades
de adiestramiento o empleo.