Regl. 4277, art. V dup4

Rechazo de ofertas

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Cite as Reglamento Núm. 4277, Art. V dup4

El participante podrá rechazar la oferta de adiestramiento o empleo que le ofrezca el Programa, siempre que medie una justificación válida. La justificación que brinde el participante será evaluada individualmente, de acuerdo a sus méritos, por el personal de la oficina local, con el propósito de determinar la validez de la misma, sin menoscabo de los derechos que el debido proceso de ley le brindan al participante. El participante tendrá hasta un máximo de tres oportunidades para rechazar válidamente la oferta de educación o empleo que se le ofrezca. Luego de rechazar tres ofertas de adiestramiento O empleo, cesará toda responsabilidad del Programa de Empleo Seguro para con el participante en cuanto a ofrecer nuevas oportunidades de adiestramiento o empleo.
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