Regl. 1586, art. IV-20
La orden de designación de un comité 0 examinador para
Cite as Reglamento Núm. 1586, Art. IV-20
conducir la audiencia será por escrito y podrá ser revocada en cualquier momento antes de iniciada la audiencia.
Regl. 1586, art. IV-20
Cite as Reglamento Núm. 1586, Art. IV-20