Regl. 4284, art. 69-23
ADMINISTRACION DE LOS DOCUMENTOS EN PROCESAMIENTO DE DATOS
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Cite as Reglamento Núm. 4284, Art. 69-23
El objetivo de la administración de documentos para procesamiento
automático de datos es asegurar un efectivo y económico proceso
usando técnicas en el registro y preservación de instrucciones mecánicas y procedimientos operacionales, estableciendo normas para el
mantenimiento, almacenaje y disposición apropiada de documentos legibles por máquinas; desarrollando normas y procedimientos óptimos para
los locales de computadoras y las áreas relacionadas y revisar
continuamente esas prácticas de trabajo para mejorarlas.
1. Definición
Administración de documentos de procesamiento de datos
automático incluye mantener un inventario de documentos
legibles por máquina, existentes en cada archivo, y toda
la documentación necesaria conservándolos en facilidades
adecuadas, según instrucciones dadas, mientras se lleva a
cabo revisiones periódicas para verificar su elegibilidad.
Documentar procesamiento de datos automáticamente, consiste en presentaciones gráficas detallando la secuencia
funcional y operacional; las características físicas del
archivo; registrar métodos de información incluyendo la
estructura básica de codificación; registrar sistema de
información, arreglo de documentos, planos impresos
(formularios) e intrucciones básicas.
2. Responsabilidades de la dependencia
Para proveer controles efectivos sobre la creación de documentos cada organismo debe establecer un programa apropiado
para la administración de documentos en procesamiento de
datos automáticos. Para esto debe:
a. determinar el tipo de documentos que se van a usar
y mantener para la operación del procesamiento de
datos.
b. prescribir el tipo de máquina a usarse, las normas
necesarias para clasificar, rotular, registrar y
archivar.
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C. emitir normas de retención y disposición para la
administración de documentos del procesamiento de
datos.
d. revisar, contínuamente, las prácticas del organismo
para archivar los documentos procesados mecánicamente,
mejorar éstas y simplificarlas.
e. las normas, guías e instrucciones desarrolladas por la
agencia para el manejo del Programa de Administración
de Documentos en el procesamiento de datos deben ser
publicadas en forma que se puedan usar fácilmente como
referencia y para fines de revisión.
3. Implantación del Sistema
Cada dependencia debe establecer normas para la administración
de documentos legibles por máquinas y emitir instrucciones y
guías en la forma de manuales O folletos de acuerdo con las
normas apropiadas.
Específicamente estas normas deben incluir:
a. identificar los documentos procesados por máquina
por métodos de clasificación y rotulación.
b. métodos de archivo y control para localizar los
documentos legibles por máquina.
C. conservar los documentos legibles por máquina por
medio del uso de planes de disposición, medios
apropiados para almacenaje y técnicas de conservación.
d. preparar planes de disposición de documentos usados
en el procesamiento de datos.
e. preparar formularios y formatos para registrar las
instrucciones del programa, gráficas funcionales y
operacionales para el flujo del trabajo, planos,
libros de codificación y las instrucciones básicas
para realizar la tarea.
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SECCION B:
ORGANIZACION, MANTENIMIENTO Y USO DE DOCUMENTOS