Regl. 4314, art. 14
EXAMENES:
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Cite as Reglamento Núm. 4314, Art. 14
a) La Junta celebrará exámenes 3 veces al año en las fechas que ésta
determine.
b) Se publicará en el periódico de mayor circulación la convocatoria
para dichos exámenes con 60 dÃas de anticipación, la cual tendrá la
fecha del examen y la fecha lÃmite para radicar solicitud, la cual
será no menor de 30 dÃas antes de la fecha del examen.
c) Las solicitudes recibidas serán estudiadas por la Junta lo antes
posible en sesión ordinaria O extraordinaria. La decisión tomada
por la Junta será notificada al solicitante con las instrucciones
para examen O si ha sido denegada, con la explicación detallada de
la razón por la cual no ha sido aceptado a examen.
d) Los exámenes constarán de dos (2) partes, una práctica y otra
teórica. Cada parte tendrá un valor de cincuenta (50) puntos y la
puntuación mÃnima para pasar cada parte será de setenta (70) por
ciento de ésta.
e) Los aspirantes tendrán que pasar ambas partes del examen para que les
sea otorgada la licencia.
f) Si un aspirante fracasa en una parte del examen y aprobase la otra,
solamente se tendrá que reexaminar en la parte fracasada.
g) Los exámenes se ofrecerán en el lugar, fecha y hora que la Junta
determine, por acuerdo de la mayorÃa de los miembros de la Junta.
h) El examen práctico constará de cinco (5) partes con un valor de
diez (10) puntos cada una, para un total de cincuenta (50) puntos.
1. Iluminación
2. Alambrado de circuito eléctrico (ramales)
3. Motores y control para motores eléctricos
4. Equipo de entrada de servicio
5. Sistema distribución de energÃa eléctrica
i) El examen teórico constará de 25 preguntas relacionadas con la
materia a dos (2) puntos cada una, para un total de 50 puntos.
El tiempo para contestar el examen será de 60 minutos.
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j) Los exámenes teóricos y prácticos podrán tomarse únicamente en el
sitio y hora asignados por la Junta.
k) La secretaria taquÃgrafa de la Junta deberá organizar la información
recibida de los miembros de la Junta y preparará los exámenes impresos.
1) El examen se contestará en material provisto por la Junta.
m) El examinando deberá devolver la copia del examen suministrado por la
Junta con la hoja de contestaciones.
n) Reglas de conducta durante el examen: Los exámenes de reválida deben
ser conducidos de acuerdo con las siguientes reglas y cualquier candidato que viole las mismas, podrá ser expulsado del lugar del examen por
cualquier miembro de la Junta. Se observarán además las siguientes
reglas:
1. Ningún candidato podrá entrar a tomar su examen teórico
después de haber comenzado el mismo.
2. Durante el examen ningún candidato podrá comunicarse con
cualquier otro candidato.
3. El candidato seguirá las instrucciones del representante de la
Junta.