Regl. 4314, art. 14

EXAMENES:

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Cite as Reglamento Núm. 4314, Art. 14

a) La Junta celebrará exámenes 3 veces al año en las fechas que ésta determine. b) Se publicará en el periódico de mayor circulación la convocatoria para dichos exámenes con 60 días de anticipación, la cual tendrá la fecha del examen y la fecha límite para radicar solicitud, la cual será no menor de 30 días antes de la fecha del examen. c) Las solicitudes recibidas serán estudiadas por la Junta lo antes posible en sesión ordinaria O extraordinaria. La decisión tomada por la Junta será notificada al solicitante con las instrucciones para examen O si ha sido denegada, con la explicación detallada de la razón por la cual no ha sido aceptado a examen. d) Los exámenes constarán de dos (2) partes, una práctica y otra teórica. Cada parte tendrá un valor de cincuenta (50) puntos y la puntuación mínima para pasar cada parte será de setenta (70) por ciento de ésta. e) Los aspirantes tendrán que pasar ambas partes del examen para que les sea otorgada la licencia. f) Si un aspirante fracasa en una parte del examen y aprobase la otra, solamente se tendrá que reexaminar en la parte fracasada. g) Los exámenes se ofrecerán en el lugar, fecha y hora que la Junta determine, por acuerdo de la mayoría de los miembros de la Junta. h) El examen práctico constará de cinco (5) partes con un valor de diez (10) puntos cada una, para un total de cincuenta (50) puntos. 1. Iluminación 2. Alambrado de circuito eléctrico (ramales) 3. Motores y control para motores eléctricos 4. Equipo de entrada de servicio 5. Sistema distribución de energía eléctrica i) El examen teórico constará de 25 preguntas relacionadas con la materia a dos (2) puntos cada una, para un total de 50 puntos. El tiempo para contestar el examen será de 60 minutos. -9- j) Los exámenes teóricos y prácticos podrán tomarse únicamente en el sitio y hora asignados por la Junta. k) La secretaria taquígrafa de la Junta deberá organizar la información recibida de los miembros de la Junta y preparará los exámenes impresos. 1) El examen se contestará en material provisto por la Junta. m) El examinando deberá devolver la copia del examen suministrado por la Junta con la hoja de contestaciones. n) Reglas de conducta durante el examen: Los exámenes de reválida deben ser conducidos de acuerdo con las siguientes reglas y cualquier candidato que viole las mismas, podrá ser expulsado del lugar del examen por cualquier miembro de la Junta. Se observarán además las siguientes reglas: 1. Ningún candidato podrá entrar a tomar su examen teórico después de haber comenzado el mismo. 2. Durante el examen ningún candidato podrá comunicarse con cualquier otro candidato. 3. El candidato seguirá las instrucciones del representante de la Junta.
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