Regl. 4314, art. 16 dup2

CORRECCION DE EXAMENES Y NOTIFICACION:

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Cite as Reglamento Núm. 4314, Art. 16 dup2

a) Los resultados de los exámenes serán discutidos en sesión ordinaria O extraordinaria, después de la fecha de celebración de los mismos, debiendo notificar a cada solicitante el resultado obtenido. b) Toda candidato tendrá derecho a solicitar revisión a la puntuación obtenida, dentro de los próximos noventa (90) días a partir de la fecha de envío de la notificación. Esta solicitud deberá hacerse por escrito y deberá dirigirse a la Junta Examinadora de Peritos Electricistas de Puerto Rico.
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