Regl. 4318, art. VIII dup2

Jurisdicción de la Junta de Subastas

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Cite as Reglamento Núm. 4318, Art. VIII dup2

Sección A: Casos en que la Junta tiene jurisdicción La Junta de Subastas tendrá jurisdicción en los siguientes casos: 1. Toda subasta formal que se efectúe para obras de construcción y mejoras a la propiedad para el Fideicomiso cuyo costo estimado excede la cantidad de 50,000.00. 2. Determinaciones relacionadas de acuerdo a las disposiciones de este Reglamento. 3. Cualquier compra extraordinaria O especial de subasta informal en que el Director Ejecutivo crea conveniente someter a su consideración. 4. Someter al Director Ejecutivo recomendaciones para la adjudicación de subastas formales.
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