Regl. 4319, art. 11-XXXIV dup2
Reglamento para la adquisición de bienes y servicios, suministros y funciones relacionadas del Fideicomiso. No inluido Ãndice Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 4319, Art. 11-XXXIV dup2
Casos Especiales de Subasta Informal
La Junta de Subastas asumirá jurisdicción en aquellos casos
especiales que en el acto de apertura de subasta informal se
demuestre que la cuantÃa de todas las ofertas sometidas para la
compra de materiales, equipos y Suministros y servicios no personal
sobrepase la cantidad máxima de $10,000.00. En tales
circunstancias, se referirá por la División de Compras el asunto
a la Junta de Subastas para que asuma jurisdicción como subasta
forma. Las disposiciones contendias en este Reglamento aplicables
a impugnaciones en subastas formales, regirán de darse esta
situación.
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