Regl. 4319, art. C-XXIII dup2
Reglamento para la adquisición de bienes y servicios, suministros y funciones relacionadas del Fideicomiso. No inluido Ãndice Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 4319, Art. C-XXIII dup2
Convocatoria Pre-Subasta
1. La Junta de Subastas en coordinación con la División
de Compras podrá emitir una convocatoria pre-subasta
invitando a los licitadores interesados para
ofrecerles orientación anterior a la subasta en que
se requiera la adquisición de equipo O servicios
técnicos especializados cuando exista una situación
de incertidumbre en cuanto a caracterÃsticas,
especificaciones, costo, grado de tecnologÃa, etc.
2. Se podrá ofrecer a los licitadores información
verbalmente de lo que se desea obtener y se
establecerán los términos de entrega de propuestas
u ofertas sin que ello constituya compromiso para
alguna de las partes.
3. A base de los datos obtenidos en las propuestas u
ofertas que se radiquen en el término convenido como
consecuencia de una reunión de orientación
pre-subasta, decidirá tomar una de las siguientes
acciones:
a. preparar una subasta formal
b. recomendar al Director Ejecutivo una compra
negociada
C. desistir de la compra
ArtÃculo XXIV: Convocatoria Pre-Negociación Competitiva
1. El Fideicomiso podrá emitir una convocatoria prenegociación competitiva invitando a todos aquellos
suplidores que, en términos generales, cumplan con
los requisitos especÃficos del producto que se desea
comprar para que anterior a la continuación del
procedimiento de subasta, sometan en determinada fecha
y hora propuestas en sobre cerrado para propósitos de
análisis.
2. En casos potenciales de negociación competitiva se
invitará a la negociación O subastas final sólo a
las empresas o individuos que al ser evaluadas sus
propuestas iniciales éstas cumplen con los requisitos
especÃficos de los bienes o servicios a comprar. El
precio final no formará parte de la propuesta inicial
que se solicite. Este se someterá en sobre cerrado para
apertura en la fecha y hora prefijada para la subasta
o negociación final.
3. A base de los datos obtenidos durante una negociación
se decidirá tomar una de las siguientes acciones:
recomendar al Director Ejecutivo una adjudicación
sobre la compra negociada que se someterá a la
evaluación de la Junta de Subastas si el monto es
sobre $10,000.00;
emitir una subasta formal;
desistir de la compra.