Regl. 4320, art. 15
Reglamento de Personal para los Empleados de Confianza. No incluido Ãndice Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 4320, Art. 15
DEFINICIONES
Los siguientes términos usados en este
Reglamento tienen el significado que a
continuación se expresa, a menos que de
su contexto se desprenda otra cosa.
1. Ley
Significa la Ley Núm. 5 del 14 de
octubre de 1975, según enmendada,
conocida como "Ley de Personal del
Servicio Público de Puerto Rico".
2. Sistema O Sistemas de Personal
Significa las agencias comprendidas
bajo la Administración Central y los
Administradores Individuales.
3. Servicio Público
Significa las agencias incluidas
dentro del Sistema de Personal que
se crea en virtud de la Ley, las
agencias excluidas en la Sección 10.6
de la ley y cualquier otra
instrumentalidad O subdivisión que
se creare en el futuro.
4. Agencia y/o Fideicomiso
Significa el Fideicomiso para el
Desarrollo, Operación y Conservación
de los Parques Nacionales de Puerto
Rico.
5. Director Ejecutivo
Significa el Director de la Oficina
Central de Administración de Personal
6. Gobierno de Puerto Rico
Significa el Gobierno del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico y sus
agencias según se definen en este
Reglamento.
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Fideicomiso para el Desarrollo, Operación y Conservación
de los Parques Nacionales de Puerto Rico
7. Oficina Central
Significa la Oficina Central de
Administración de Personal
8. Autoridad Denominadora
Significa el Fideicomiso para el
Desarrollo, Operación y Conservación
de los Parques Nacionales de Puerto
Rico.
9. Nombramiento
Significa la designación oficial de
una persona para realizar
determinadas funciones.
10. Descripción de Puestos
Significa la exposición escrita y
narrativa sobre los deberes,
autoridad y responsabilidades que
envuelve un puesto en especÃfico y
por los cuales se responsabiliza al
incumbente.
11. Concepto de Clases
Significa una exposición escrita y
narrativa en forma concisa y genérica
sobre el contenido funcional en
términos de los deberes y
responsabilidades representativas de
los puestos que enmarca.
12. Puesto
Significa un conjunto de deberes y
responsabilidades asignadas
O
delegadas por la autoridad
nominadora, que requieren el empleo
de una persona durante la jornada
completa de trabajo O durante una
jornada parcial.
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13. Clase O Clase de Puesto
Significa un grupo de puestos cuyos
deberes, indole de trabajo, autoridad
y responsabilidades sea de tal modo
semejantes que puedan razonablemente
denominarse con el mismo tÃtulo.
14. Serie O Serie de Clases
Significa una agrupación de clases
O series de clases que refleja
deberes jerárquicos de trabajo
existentes.
15. Grupo Ocupacional y Profesional
Significa una agrupación de clases
o series de clases que describe
puestos comprendidos en el mismo ramo
O actividad de trabajo.
16. Clasificación de Puestos
Significa la agrupación sistemática
de puestos en clases similares en
virtud de sus deberes y
responsabilidades para darle igual
tratamiento en la administración de
personal.
17. Plan de Clasificación
Significa un sistema mediante el cual
se estudian, analizan, y ordenan en
forma sistemática, los diferentes
puestos que integran una organización
formando clases y series de clases.
18. Reclasificación
Significa la acción de clasificar un
puesto que habÃa sido clasificado
previamente. La reclasificación
puede ser a nivel superior, igual O
inferior.
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19. Ascenso
Significa el cambio de un empleado
de un puesto en una clase a un puesto
en otra clase con funciones de nivel
superior, cuando ocurre en agencias
con diferentes planes de
clasificación. Cuando ocurre en una
misma agencia o entre agencias con
un plan de clasificación uniforme,
significa el cambio de un puesto de
otra clase para la cual se haya
provisto un tipo mÃnimo de
retribución más alto.
20. Oficina de Personal
Significa la unidad organizativa del
Fideicomiso para el Desarrollo,
Operación y Conservación de los
Parques Nacionales de Puerto Rico que
tramita todos los asuntos relativos
al área de personal.
21. Traslado
Significa el cambio de un empleado
de un puesto a otro en la misma clase
aun puesto en otra clase con
funciones de nivel similar cuando
ocurre entre agencias con diferentes
planes de clasificación. Cuando
ocurre en la misma agencia o entre
agencias con un plan de clasificación
uniforme, significa el cambio de un
puesto a otro en la misma clase a un
puesto en otra clase para la cual se
haya provisto el mismo tipo mÃnimo
de retribución.
22. Descenso
Significa el cambio de un empleado
de un puesto en una clase a un puesto
en otra clase con funciones de nivel
inferior, cuando ocurre entre
agencias con diferentes planes de
clasificación. Cuando ocurre en la
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misma agencia O entre agencias con
un plan de clasificación uniforme,
significa el cambio de un puesto en
una clase a un puesto en otra clase
para la cual se haya provisto un tipo
mÃnimo de retribución más bajo.
23. Instituto
Significa el Instituto para el
Desarrollo de Personal en el Servicio
Público, adscrito a la Oficina
Central de Administración de
Personal.
24. Adiestramiento de Corta Duración
Significa adiestramiento práctico o
los estudios académicos que preparan
al empleado para el mejor desempeño
de sus funciones.
25. Pago de MatrÃcula
Significa el pago total o parcial de
los derechos de asistencia a cursos
universitarios especiales.
26. Institución
Significa cualquier organización o
agencia de carácter público O privado
que ofrezca cursos de estudio o
adiestramiento de naturaleza
práctica, académica, técnica o
especializada.
27. Renuncia
Significa la separación total,
absoluta y voluntaria de un empleado
de su puesto.
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