Regl. 4344, art. V
COMPENSACION POR SERVICIOS
Cite as Reglamento Núm. 4344, Art. V
La Corporación de Seguros Agrícolas cobrará a las
compañías privadas aseguradoras por los servicios prestados
una comisión "profit commission" del diez (10%) porciento
sobre el total de las primas cobradas por tales seguros.