Regl. 1586, art. V-26
La Junta se reserva el derecho a ordenar el archivo de cualquier
Cite as Reglamento Núm. 1586, Art. V-26
petición 0 querella radicada cuando: (a) hayan transcurrido más
de seis (6) meses desde su radicación sin que se haya cumplido con
todos los trámites reglamentarios, o (b) haya transcurrido un término mayor de seis (6) meses de la radicación sin haberse celebrado
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audiencia por la no comparecencia 0 disponibilidad de la parte
promovente.