Regl. 4356, art. 6-6.2
--Descripción de los Puestos
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Cite as Reglamento Núm. 4356, Art. 6-6.2
Conforme a su estructura organizativa funcional la Oficina
del Gobernador para los Asuntos de la Vejez preparará y
mantendrá al dÃa para cada puesto autorizado en el servicio de
carrera una descripción clara y precisa de los deberes y
responsabilidades, asà como del grado de autoridad y
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supervisión adscrito al mismo. Esta descripción estará
contenida en el cuestionario oficial que a tales fines se
adopte y deberá estar firmado por el empleado, de estar el
puesto ocupado, por su supervisor inmediato, por el jefe de la
unidad primaria correspondiente y por el Director de la Agencia
o su representante autorizado.
Cualquier cambio que ocurra en los deberes y
responsabilidades, asà como el grado de autoridad y supervisión
adscrito a los puestos se registrará prontamente en el
cuestionario de clasificación y no menos de una vez al año se
pasará juicio sobre la clasificación de éstos.
El original del cuestionario oficial formalizado
inicialmente, asà como el de toda revisión posterior que se
efectúe, será evaluado para determinar la clasificación del
puesto o para la acción subsiguiente que proceda en los casos
de revisión de deberes, según se provea en las normas y
procedimientos que se establezcan para la administración del
plan de clasificación.
Una copia del cuestionario se entregará al empleado al ser
nombrado y tomar posesión del puesto y cuando ocurran cambios
en las funciones del mismo que resultaren en la formalización
de un nuevo cuestionario. Este cuestionario se utilizará para
orientar, adiestrar, supervisar y evaluar al empleado de
acuerdo a los procedimientos que la Oficina del Gobernador para
los Asuntos de la Vejez establezca. Se conservará una copia de
todo cuestionario formalizado para cada puesto, junto a
cualquier otra documentación relacionada con el historial de
clasificación del mismo. Este acopio de información, en orden
de fechas, constituirá el expediente oficial e individual de
cada puesto, y será utilizado como marco de referencia en los
estudios y acciones que se requieran en relación con la
clasificación de puestos.
Copia del cuestionario de clasificación de cada puesto
deberá ser provista a la Oficina de Presupuesto y Gerencia
según esta agencia establezca en sus procedimientos, al
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tramitarse la petición para la creación del puesto y cuando se
soliciten acciones posteriores relacionadas con su
clasificación.