Regl. 4356, art. 6-6.6
--Clasificación y Reclasificación de Puestos
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Cite as Reglamento Núm. 4356, Art. 6-6.6
Todos los puestos se asignarán oficialmente a las clases
correspondientes. No existirá ningún puesto sin clasificación.
Bajo ninguna circunstancia podrá persona alguna recibir
nombramiento en puesto que no haya sido clasificado
previamente.
Los puestos de nueva creación se asignarán a una de las
clases comprendidas en el plan de clasificación, conforme a las
normas y criterios que se establezcan.
Se establecerán los procedimientos a utilizarse en el
trámite de la clasificación de los puestos nuevos tomando en
consideración las disposiciones y/o procedimientos establecidos
por la Oficina de Presupuesto y Gerencia y de otras agencias
fiscales que se afecten con la transacción. De igual forma, se
establecerán los procedimientos a utilizarse en el trámite e
implantación de la reclasificación de los puestos.
El Director de la Agencia se abstendrá de formalizar
contratos de servicios con personas en su carácter individual
cuando las condiciones y caracterÃsticas de la relación que se
establezca entre patrono y empleado sean propias de un puesto.
En estos casos se procederá a la creación del puesto de acuerdo
a las disposiciones y procedimientos establecidos para su
clasificación, según se establece en este Reglamento.
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Se justificará reclasificar todo puesto cuando está
presente cualquiera de las siguientes situaciones:
1. Clasificación Original Errónea
En esta situación no existe cambio significativo en
las funciones del puesto, pero se obtiene información
adicional que permite corregir una apreciación inicial
equivocada.
2. Modificación al Plan de Clasificación
En estas situaciones no existen necesariamente cambios
significativos en las descripciones de los puestos, pero
en el proceso de mantener al dÃa el Plan de Clasificación
mediante la consolidación, segregación, alteración,
creación y eliminación de clases, surge la necesidad de
cambiar la clasificación de algunos puestos.
3. Cambio Sustancial en Deberes, Responsabilidades o
Autoridad
Es un cambio deliberado y sustancial en la naturaleza
O el nivel de las funciones del puesto, que lo hace subir
O bajar de jerarquÃa o lo ubica en una clase distinta al
mismo nivel.
4. Evolución del Puesto.
Es el cambio que tiene lugar con el transcurso del
tiempo en los deberes, autoridad y responsabilidad del
puesto que ocasiona una transformación del puesto
original.