Regl. 4357, art. 4-4.2

-Número de Empleados de Confianza

Length: 162 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 4357, Art. 4-4.2

1. El número total de empleados de confianza a tenor con los incisos (1) y (2) de la Sección 4.1 que antecede no excederá de veinticinco (25) No obstante, cuando el tamaño, la complejidad y organización de la Oficina requieran un número mayor de puestos de confianza para su funcionamiento eficiente y previa autorización de la Oficina Central de Personal, el Director de la Oficina podrá aumentar el número de puestos. En la designación de puestos de confianza el Director de la Oficina hará uso juicioso y restringido de la facultad que a esos efectos le confiere la Ley. 2. El Director de la Oficina presentará para la aprobación de la Oficina Central, un plan que contenga los puestos designados de confianza bajo los referidos incisos (1) y (2) con que interese funcionar. Los cambios que luego hubiere en dicho plan se informarán a la Oficina Central a fin de que ésta determine que tales cambios están en armonia con la Ley.
Regl. 4357, art. 4-4.2: -Número de Empleados de Confianza | Justis AI