Regl. 4357, art. 4-5.9
Posición Relativa de las Clases
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Cite as Reglamento Núm. 4357, Art. 4-5.9
El Director de la Oficina determinará la jerarquÃa o
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el plan de clasificación, a los fines de asignar éstas a las
escalas de retribución y para establecer concordancia para
ascensos, traslados y descensos.
La determinación de posición relativa es el proceso
mediante el cual se ubica cada clase de puesto en la escala de
valores de la organización, en términos de factores tales como
la naturaleza y complejidad de las funciones, y el grado de
autoridad y responsabilidad que se ejerce y se recibe. Los
procesos para establecer la jerarquÃa de las clases deberán ser
objetivos en la medida máxima posible. Se tendrá en cuenta que
se trata de ubicar funciones y grupos de funciones,
independientemente de las personas que las realizan o han de
realizarlas.
Las decisiones se harán sobre bases objetivas, en lo
posible. Se tomará en cuenta aquellos elementos de las
funciones que tiendan a diferenciar la posición relativa de
unas clases en comparación con otras. La ponderación de estos
elementos deberá conducir a un patrón de clases que permita
calibrar las diferencias en salarios y otras diferencias. De
la misma manera deberá facilitar la comparación objetiva entre
distintos planes de clasificación a los fines de identificar y
determinar la movilidad interagencial de los empleados, sea
ésta en forma de ascensos, traslados o descensos.
La Oficina Central dará la aprobación final a la
determinación de la jerarquÃa relativa entre las distintas
clases de puestos comprendidos en el plan de clasificación y
establecerá la tabla de equivalencia funcional entre el plan de
clasificación del servicio de confianza de la Oficina del
Gobernador para los Asuntos de la Vejez y el Plan de
Clasificación del Servicio de Confianza de la Administración
Central.