Regl. 4357, art. 8-9.6
--Otras Actividades de Adiestramiento
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Cite as Reglamento Núm. 4357, Art. 8-9.6
La Oficina organizará y desarrollará cursos, institutos,
talleres, seminarios e intercambios de personal con el
propósito de ampliar la experiencia profesional O técnica y
otras actividades de adiestramiento dirigidas al personal en el
servicio, para satisfacer las necesidades particulares de la
Oficina. Además, coordinará con el Instituto la participación
de los empleados de la Oficina en aquellas actividades de
adiestramiento organizadas por el Instituto para satisfacer
necesidades del servicio público.