Regl. 4373, art. 10-10.2
Toda decisión adoptada al amparo de este Reglamento por
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Cite as Reglamento Núm. 4373, Art. 10-10.2
el Director Ejecutivo 0 su representante autorizado podrá ser objeto de
una solicitud de reconsideración ante el mismo funcionario,
disponiéndose que las decisiones tomadas por el representante autorizado
del Director Ejecutivo podrán ser apeladas ante éste a solicitud de la
parte afectada, y disponiéndose, además que en ambos casos las
decisiones deberán comunicarse a las partes dentro de los tres días
siguientes al recibo de la solicitud, y que las determinaciones del
Director Ejecutivo serán finales e inapelables.