Regl. 4373, art. 6-6.1

La División de Servicios Generales del Instituto recibirá

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Cite as Reglamento Núm. 4373, Art. 6-6.1

en primera instancia las solicitudes de arrendamiento; de estar disponible el espacio solicitado, lo reservará provisionalmente: asesorará al solicitante sobre las condiciones que deberá satisfacer en relación al local solicitado y aquellas de carácter general que le apliquen, y referirá sin dilación la solicitud a la división programática, dirección auxiliar o sede regional, que tenga jurisdicción INSTITUTO DE CULTURA PUERTORRIQUENA -6- directa sobre la facilidad solicitada, 0 a la Dirección Ejecutiva, si fuere ésta la oficina concernida.
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