Regl. 4373, art. 9-9.6

La escenografía, equipo y otra propiedad deberá ser

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Cite as Reglamento Núm. 4373, Art. 9-9.6

retirada del Teatro, y éste dejado limpio y recogido, no más tarde del medio día siguiente a la expiración del contrato de arrendamiento, disponiéndose que el incumplimiento con esta disposición, sin autorización previa por parte del Instituto, será causa suficiente para la confiscación de la fianza.
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