Regl. 4376, art. 10.00 dup2

Solicitud de Endosos y Licencias

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Cite as Reglamento Núm. 4376, Art. 10.00 dup2

10.01 Disposición General Toda persona que planifique establecer una estación de gasolina o proyectos de Centro Mercadeo, negocios de comidas ligeras, supermercados, "cash & carry", así como otras actividades análogas comerciales en el Municipio de Ponce, deberá obtener un endoso del Departamento. 10.02 Trámite de Radicación El solicitante radicará en el Centro de Gestión Unica para el Municipio de Ponce una solicitud de endoso del Departamento para las actividades mencionadas en la Sección 10.01. 10.03 Información a Someterse con la Solicitud Toda petición de endoso para estaciones de gasolina o proyectos comerciales vendrá acompañada de un estudio de viabilidad que deberá contener: 1. Descripción del proyecto. 2. Delimitación geógrafica del área de mercado a servir. 3. Población e ingreso del área de mercado a servir el cual incluirá los datos de la población e ingresos según el censo poblacional más reciente y proyecciones hasta la fecha que para estos efectos sea determinada por el Departamento. 4. Gastos de la población a servir en bienes de consumo, determinando el por ciento de los ingresos que las personas gastan en bienes de consumo y bienes de consumo al detal. 5. Demanda potencial por bienes al detal del área de mercado a servir hasta la fecha 8-2 que para estos efectos sea determinada por el Departamento. 6. Oferta actual y futura de los negocios existentes y aprobados por la Junta de Planificación: a. Número de negocios, tamaño en pies cuadrados y venta de los negocios existentes. b. Proyección de las ventas de los negocios existentes y aprobados por la Junta de Planificación. 7. Determinación de déficit de oferta comercial en el área de mercado. 8. Tamaño del área comercial propuesta. 10.04 Aceptación o Devolución de Solicitudes En caso de que la solicitud no esté completa, o que no se haya incluido uno o más de los documentos complementarios necesarios, la Secretaría devolverá al solicitante los documentos radicados con copia de la hoja de cotejo, que le indicará la información o documentos que se requieren en la solicitud para poder ser tramitada. Cuando la solicitud esté completa y tenga anejados todos los documentos necesarios, la Secretaría procederá a radicarlo. 10.05 . Evaluación y Acción Una vez radicada la solicitud con la información requerida, el Ayudante Especial II, designado por el Secretario del Departamento como Gestor, en el Centro de Gestión Unica para el Municipio de Ponce, aceptará y tramitará toda las solicitudes de endoso de las actividades mencionadas en la sección 8.01 de este tópico. El Gestor deberá remitir las solicitudes a la Secretaría Auxiliar a cargo de Economía y 8-3 Planificación en un término no mayor de dos (2) días a partir de la solicitud. De la decisión ser favorable se enviará el expediente a la Oficina Central para la firma y endoso del Secretario Auxiliar a cargo de Economía y Planificación. El término para emitir la autorización O denegar la solicitud no será mayor de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de su radicación. La misma se notificará tanto al solicitante a través de la Secretaría del Centro de Gestión Unica para el Municipio de Ponce con copia al Gestor de la Junta de Planificación o al Representante de la Administración de Reglamentos y Permisos, según corresponda. El Gestor le responderá directamente en los aspectos técnicos al Secretario Auxiliar a Cargo de Economía y Planificación y éste le responderá al Secretario del Departamento de Comercio. 9-1 TOPICO IX DEPARTAMENTO DE HACIENDA SECCION
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