Regl. 4376, art. 3.00 dup2

Secretaría

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Cite as Reglamento Núm. 4376, Art. 3.00 dup2

3.01 Disposición General El Centro de Gestión Unica para el Municipio de Ponce contará con una unidad responsable de recibir las solicitudes de consultas de ubicación, rezonificación, permisos, endosos, evaluaciones, recomendaciones, autorizaciones, investigaciones, querellas y solicitudes de reconsideración que se requieran para la acción que se intente realizar en dicho municipio relacionada con actividades de uso o construcción. Esta secretaría contará con un personal diestro en los procesos de las distintas agencias que integren el Centro de Gestión Unica del Municipio de Ponce. La Secretaria asesorará a la ciudadanía en general sobre los requisitos que deben ser satisfechos ante cada una de las agencias, de manera que al presentar la solicitud para su radicación, ésta cumpla con todo lo necesario. Será responsable de mantener a la disposición de la ciudadanía los formularios pertinentes de cada una de las agencias y de ser necesario ayudar en su complementación. Luego de la radicación de la solicitud, la persona entregará a cada Gestor o Representante de las agencias concernidas que integran el Centro de Gestión Unica para el Municipio de Ponce, la documentación pertinente para las consultas de ubicación, rezonificación, permisos, endosos, evaluaciones, recomendaciones, autorizaciones, investigaciones y solicitudes de reconsideración. 2-2
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