Regl. 1613, art. 32.53-III

LICENCIAS

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Cite as Reglamento Núm. 1613, Art. 32.53-III

SECCION A- TIPOS DE LICENCIAS Las licencias de material radiactivo a ser expedidas por la Comisión serán de dos tipos, a saber: 1- Licencia General*- Es una licencia que tiene efectividad de acuerdo con lo dispuesto en este Reglamento, sin el requisito de una solicitud para transferir, adquirir, poseer 0 usar cantidades de sub-productos radiactivos, materia prima, material nuclear especial u otro material radiactivo natural o producido artificialmente, 0 para transferir, adquirir, poseer o usar artefactos o equipo que utilicen sub-productos radiactivos, materia prima, material nuclear especial u otro material radiactivo natural 0 producido artificialmente. 2- Licencia Específica*- Es una licencia expedida, previa solicitud a la Comisión, para usar, manufacturar, -producir, transferir, recibir, adquirir, 0 poseer cantidades de sub-productos radiactivos, materia prima, material nuclear especial u otro material radiactivo natural o producido artificialmente, o para usar, manufacturar, producir, transferir, recibir, adquirir 0 poseer artefactos o equipo que utilicen sub-productos radiactivos, materia prima, material nuclear especial U otro material radiactivo natural 0 producido artificialmente. SECCION B**- LICENCIAS EXPEDIDAS POR EL GOBIERNO FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Cualquier licencia expedida por el Gobierno Federal de los Estados Unidos de América con anterioridad a la fecha en que entre en vigor este Reglamento, se considerará válida y expirará en la fecha especificada en dicha licencia, o noventa (90) días después de la fecha en que entre en vigor el convenio entre el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Gobierno Federal de los Estados Unidos de América para descontinuar ciertas responsabilidades de dicho Gobierno Federal con respecto a fuentes de radiación ionizante y para que el Estado Libre Asociado pueda, a su vez, asumirlas, conforme a lo dispuesto en la Ley Pública del Congreso Núm. 86-373, aprobada el 23 de septiembre de 1959, cualquiera de dichas fechas que ocurriere más pronto.
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