Regl. 4379, art. 12

CARGOS POR INVESTIGACION

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Cite as Reglamento Núm. 4379, Art. 12

El Comisionado de Seguros cobrará a cada EBI examinada por concepto de examen, la suma de doscientos (200) dólares por cada día 0 fracción del mismo, por cada auditor que intervenga en cada examen, en virtud de la Sección 3(a), inciso 2 de la Ley, y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 1 de la Ley Núm. 66 del 27 de mayo de 1976, según enmendada.
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