Regl. 4381, art. 11-11.1
Norma General
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Cite as Reglamento Núm. 4381, Art. 11-11.1
Los beneficios marginales representan un
ingreso adicional para el empleado, seguridad y
mejores condiciones de empleo. La administración
del programa de beneficios marginales, en forma
justa y eficaz, propende a establecer un clima de
buenas relaciones y satisfacción en el empleado,
que contribuye a su mayor productividad y
eficiencia. El Departamento es responsable de velar
porque el disfrute de los beneficios marginales se
lleve a cabo conforme a un plan que mantenga el
adecuado balance entre las necesidades del
servicio, las necesidades del empleado y la
utilización óptima de los recursos disponibles.
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Constituye responsabilidad del Departamento el
mantener a los empleados debidamente informados y
orientados sobre los beneficios marginales y los
términos y condiciones que rigen su disfrute.