Regl. 4381, art. 11-11.6 dup2
Pago Global a la Separación del
Length: 92 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4381, Art. 11-11.6 dup2
Servicio
El pago global a la separación total del
servicio público del empleado de confianza se hará
conforme dispone el ArtÃculo 2 de la Ley 125 del 10
de junio de 1967, según enmendada. En adición, Be
dispone mediante este Reglamento que el pago global
incluirá el exceso acumulado por el empleado por
encima de los sesenta (60) dÃas de vacaciones y de
los noventa (90) dÃas por enfermedad al momento de
la separación, el cual será pagado a base del
sueldo que tenÃa el empleado al momento de acumular
el mismo.