Regl. 4381, art. 5-5.2 dup2
Número de Empleados de Confianza
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Cite as Reglamento Núm. 4381, Art. 5-5.2 dup2
En la designación de puestos de confianza el
Secretario hará uso de la facultad que a eBoB
efectos le confiere la Ley.
1) El número total de empleados de confianza &
tenor con los incisos (1) y (2) de la Sección
5.1 que antecede no excederá de veinticinco
(25). No obstante, el Secretario o su
representante autorizado podrá solicitar y la
Oficina Central de Administración de Personal
aprobar, más de 25 puestos de confianza cuando
el tamaño, complejidad u organizacion del
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Departamento requieran un número mayor de
puestos de confianza para su funcionamiento
eficiente.
2) El Secretario o su representante autorizado
presentará para la aprobación de la Oficina
Central de Administración de Personal un plan
que contenga los puestos designados de
confianza bajo los referidos incisos (1) y (2)
con que interese funcionar. Los cambios que
luego hubiere en dichos planes se informarán a
dicha Oficina a fin de que determine si tales
cambios están en armonia con la Ley.