Regl. 4381, art. 8 dup2
ASCENSOS, TRASLADOS Y DESCENSOS
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Cite as Reglamento Núm. 4381, Art. 8 dup2
Con el propósito de lograr la efectiva utilización
de los recursos humanos la autoridad nominadora podrá
ascender, trasladar o descender a sus empleados de un puesto
a otro dentro del servicio de confianza.
Estas acciones podrán efectuarse en la misma
Agencia, con agencias comprendidas en la Oficina Central de
Administración de Personal y/o con otros Administradores
Individuales.