Regl. 4393, art. XI
REVISION JUDICIAL
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Cite as Reglamento Núm. 4393, Art. XI
Una parte adversamente afectada por una orden O resolución
final de la Agencia y agotados todos los remedios provistos
por la misma, podrá presentar una solicitud de revisión
ante el Tribunal Superior con competencia dentro de un
término de treinta (30) días contados a partir de la fecha
del archivo en autos de la copia de la notificación de
la orden o resolución final de la agencia. La parte notificará
la presentación de la solicitud de revisión a la Agencia
y a todas las partes dentro del término para solicitar
dicha revisión. La misma podrá efectuarse por correo.