Regl. 4403, art. 8
- NOTIFICACION DE VISTA
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Cite as Reglamento Núm. 4403, Art. 8
8.1- La notificación para vista se remitirá por escrito al impugnador
dentro de los tres (3) dÃas laborables siguientes a la celebración de la reunión
Red
preliminar de la Junta. Dicha notificación deberá contener lo siguiente:
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a) acusará recibo del escrito de impugnación e informará de la celebración
de la reunión preliminar y el resultado de la misma;
b) informará la fecha, hora y lugar en que se celebrará la vista;
c) advertirá que las partes podrán comparecer asistidas de abogado pero
que no estarán obligadas a estar asà representadas;
d) expresará la cita de la autoridad legal 0 reglamentaria que autoriza la
celebración de la vista y contendrá una breve referencia a las
disposiciones legales o reglamentarias que cubren la controversia;
e) apercibirá que la vista no podrá ser suspendida salvo en situaciones
excepcionales y meritorias y que en caso de incomparecencia, se
tendrá al impugnador por desistido con perjuicio de su impugnación;
f) avisará de la disponibilidad de estas Reglas.