Regl. 4403, art. 8

- NOTIFICACION DE VISTA

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Cite as Reglamento Núm. 4403, Art. 8

8.1- La notificación para vista se remitirá por escrito al impugnador dentro de los tres (3) días laborables siguientes a la celebración de la reunión Red preliminar de la Junta. Dicha notificación deberá contener lo siguiente: 6 a) acusará recibo del escrito de impugnación e informará de la celebración de la reunión preliminar y el resultado de la misma; b) informará la fecha, hora y lugar en que se celebrará la vista; c) advertirá que las partes podrán comparecer asistidas de abogado pero que no estarán obligadas a estar así representadas; d) expresará la cita de la autoridad legal 0 reglamentaria que autoriza la celebración de la vista y contendrá una breve referencia a las disposiciones legales o reglamentarias que cubren la controversia; e) apercibirá que la vista no podrá ser suspendida salvo en situaciones excepcionales y meritorias y que en caso de incomparecencia, se tendrá al impugnador por desistido con perjuicio de su impugnación; f) avisará de la disponibilidad de estas Reglas.
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